Urbanidad y control social en la Nueva España del siglo XVIII, ¿se puede educar a la sociedad y así embellecer la ciudad?


Uno de los últimos temas relevantes que han sido motivo de debate y crítica entre los especialistas y la ciudadanía ha sido el de la contingencia ambiental en la Ciudad de México. Hace unas semanas la población estaba alarmada por los cambios en el programa “Hoy no circula” más que en la preocupación que debería provocarnos el saber que nos estamos ahogando en una ciudad con una contaminación atmosférica elevada. El tema de conversación en esos días giraba en torno al “Hoy no circula” y sobre el aumento de personas que utilizaron el transporte público, esto me llevó a reflexionar acerca de cómo nos cuesta trabajó adecuarnos a disposiciones o reglamentos que dicen ser para la mejora de nuestra ciudad y de sus habitantes. Algo similar sucedió en el siglo XVIII en la Nueva España  cuando se trató de regular aquellas conductas de los novohispanos que de cierta forma contaminaban el entorno de aquella ciudad, obviamente no había vehículos motorizados pero si costumbres se tenían que regular.

Trasladémonos ahora al Siglo XVIII, las calles de la Nueva España  antes de las reformas llevadas a cabo por el virrey Revillagigedo entre 1789 y 1794, tenían un aspecto de suciedad y mal olor, estaban mal empedradas y se inundaban en tiempos de lluvia. Las calles por las noches eran oscuras a falta de faroles que las alumbraran lo que daba pauta para que se ejecutaran en ellas delitos y  placeres sexuales. La calle representaba un espacio de convivencia entre las diversas clases sociales, sin embargo para la elite era desagradable caminar entre suciedad y mal olor  por lo que el tratar de ornamentarlas y embellecerlas para su disfrute se volvió el objetivo de varias autoridades novohispanas.

 Las ideas ilustradas que llegaron a la Nueva España abarcaron varios ámbitos de la vida política, cultural y social de los novohispanos. Se intentó transformar las costumbres para adecuarlas  al nuevo modelo  de comportamiento  que se quería imponer, una población regida por la razón  la haría apegarse al trabajo con el cual se lograría el progreso y se  combatiría el ocio y las actitudes viciosas o amorales que imposibilitaran alcanzar al progreso.

Una forma de corregir las costumbres fue mediante la modificación de la ciudad, principalmente  los espacios públicos como fue  la calle. Las autoridades virreinales se dieron cuenta que había que modificar las  conductas arraigadas por la sociedad, como el tirar basura en la calle, no poner sus faroles en la noche, poner puestos de comida en la calle, ensuciar el agua, defecar en la vía pública, entre otras. Por lo que se hicieron reformas en los ramos de policía que se aplicaron con el virrey Revillagigedo, como el de recolectar la basura, mejorar el alumbrado, empedramiento y limpieza de calles,  para ello  había que destinar recursos y el encargado de hacer cumplir estas medidas fueron los alcaldes de barrio,  sin embargo su aplicación fue difícil y duramente criticada porque había malos hábitos  en las personas, los cuales no podían cambiarse rápidamente.

No fue suficiente emitir bandos y reglamentos, pues muy pocas veces se atendían y cumplían en su totalidad a pesar de tener clausulas penales a quienes no las cumplieran. Con el pensamiento ilustrado de control y racionalización de la sociedad se pensó en que estructurando y modificando las calles, los parques y plazas, las tiendas, el mercado, se podría atacar el problema de la suciedad y el relajamiento de las costumbres de las personas. Se buscó hacer de la ciudad de la Nueva España, una ciudad como Madrid y Paris, por lo que se expidieron ordenanzas a partir de 1780 que plasmaron este fin.

En la Nueva España, el virrey Martín de Mayorga comisionó en 1780 al Oidor Baltasar Ladrón de Guevara para  llevar a cabo la Ordenanza[1] con la división en cuarteles, un reglamento de los alcaldes y un mapa correspondiente. La Ordenanza se puso en vigor el 10 de enero de 1783, esta  Ordenanza permite conocer las actividades que tenía que desempeñar el acalde de barrio, como el vigilar el cuartel bajo su mando, convertirse en responsable de la justicia en asuntos de poca gravedad, hacer rondas nocturnas, evitar reuniones y fiestas escandalosas, juez de paz en diferencias conyugales, promotor educativo, evitar el contrabando, ayudar al cobro de impuestos, procurar desterrar la miseria y las malas costumbres de la plebe y su marcada inclinación a la embriaguez, desterrar la vagancia, etc.

 En  cuestiones de urbanidad es el artículo 28 refiere:

Cuidarán los alcaldes de que las calles de sus cuarteles tengan buen estado los enlozados y empedrados. Y cuando en algunas no lo estén, enviarán noticia al regidor a quien toque dar providencia. E igualmente celarán que cada vecino haga por las mañanas barrer y regar su pertenencia, y que no se arrojen las basuras y excrementos en medio de las calles, ni se embarace con ellas la corriente de la agua de los caños.[2]

Por otra parte en la Real Ordenanza de Intendentes[3] encontramos aspectos como la necesidad de actitudes disciplinadas para el buen  funcionamiento de la sociedad en las que se destacan la higiene, la pavimentación de la calle, la localización de los rastros y otras medidas y comportamientos que se venían regulando. Se reitera la importancia de ordenar y reformar a la sociedad que como señala Viqueira, había una relajación en las costumbres y era en la calle donde estas se mostraban.[4]

Fue el Virrey segundo conde de Revillagigedo quien durante su mandato intentó llevar a cabo dichas funciones de policía y emitió bandos muy importantes en su contenido.  El 31 de agosto de 1790 expidió el Bando de Policía para la limpieza de calles e inmundicias donde se reglamentaba la existencia de dos tipos de carro para la limpia: el de inmundicias y el de basura de casas, cada uno con su horario, matutino y nocturno, los carros llevarían una campanilla “para que al oírla se vaciaran en ellos las basuras”’[5], como hasta hoy en día en algunos lugares reconocemos la campana de la basura.  Se prohibía la costumbre de tirar basura en las calles, de sacudir desde los balcones de las casas, el establecimiento de comida fuera de los mercados, entre otros como   barrer el frente de sus casas, no defecar en las calles así como no ensuciar el agua.

Sin embargo, no tuvieron los resultados esperados, se reiteró por bandos posteriores el cumplimiento de no tirar basura, de encender faroles en la noche y de cuidar el empedrado de las calles, que no se llevaba a  cabo por los habitantes de la ciudad. Lo que muestra que pese a que se tenía la finalidad de conducir a la Nueva España al embellecimiento de la ciudad como lo era Madrid y Paris, a través de soluciones prácticas, el verdadero problema consistía en cambiar las costumbres de los habitantes. Lo que permite entender que las ideas ilustradas no llegaron a ser  comprendidas por el sector popular, las autoridades querían ver reflejado estas ideas de racionalización y organización en sus cuarteles, para alcanzar el progreso y la felicidad de la sociedad, sin embargo la plebe siguió comportándose como lo había venido haciendo, pues esa era su forma de vivir, lo que disgustaba a las elites y autoridades.

Por lo que pienso que las ideas ilustradas no permearon igual en toda la población novohispana.  No se trataba de solo atender el cuidado de las calles sino de educar a los novohispanos, a la plebe, enseñarles los buenos hábitos de higiene que las ideas ilustradas traían.  Sin embargo hoy en día se demuestra que sigue siendo imposible embellecer la ciudad porque siempre existirá quien no respete los ornamentos de ella, aun hoy en día al caminar las personas tiran basura en las calles, contaminando nuestra ciudad pese a que se tiene una cultura de higiene, dejo a reflexión ¿se pude educar a la sociedad y así embellecer la ciudad?

Referencias

[1] Ricardo, Rees Jones, Introducción a la Real Ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes en el Reino de la Nueva España, México, UNAM, 1984, p. 68.

[2] Francisco de Solano (ed.), Normas y leyes de la ciudad hispanoamericana, 1601-1821, Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas/Centro de Estudios Históricos, 1996, tomo II,  [en línea], http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1782_374/Divisi_n_de_la_Ciudad_de_M_xico_en_cuarteles_Regla_1152.shtml, [consultado: 19/nov./2014].

[3] Real ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes de ejército y provincia en el Reino de la Nueva España de 1786 en Guillermo, F. Margadant en “La ordenanza de intendentes para la Nueva España, ilusiones y logros”  [en línea] http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/722/8.pdf, [consultado: 12/nov/2014].

[4] Viqueira Alba, Juan Pedro, ¿Relajados o reprimidos? Diversiones públicas y vida social en la ciudad de México durante el Siglo de las Luces, México, FCE, 2005, p. 138.

[5] AGN, bandos, vol. 15, exp. 80, fol. 208.

Bibliografía:

Margadant, Guillermo F.  “La ordenanza de intendentes para la Nueva España, ilusiones y logros”[en línea] http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/722/8.pdf, [consultado: 12/11/2014].

Rees Jones, Ricardo, Introducción a la Real Ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes en el Reino de la Nueva España, México, UNAM, 1984.

Solano, Francisco de (ed.),  Normas y leyes de la ciudad hispanoamericana, 1601-1821 Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas/Centro de Estudios Históricos, 1996, tomo II, [en línea], http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1782_374/Divisi_n_de_la_Ciudad_de_M_xico_en_cuarteles_Regla_1152.shtml, [consultado: 19/11/2014].

Viqueira Alba, Juan Pedro, ¿Relajados o reprimidos? Diversiones públicas y vida social en la ciudad de México durante el Siglo de las Luces, México, FCE, 2005.

[note]Margadant, Guillermo F. “La ordenanza de intendentes para la Nueva España, ilusiones y logros” [en línea] http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/722/8.pdf, [consultado: 12/11/2014].
[/note][note]Rees Jones, Ricardo, Introducción a la Real Ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes en el Reino de la Nueva España, México, UNAM, 1984.[/note][note]Solano, Francisco de (ed.), Normas y leyes de la ciudad hispanoamericana, 1601-1821 Madrid, Consejo Superior de Investigaciones Científicas/Centro de Estudios Históricos, 1996, tomo II, [en línea], http://www.biblioteca.tv/artman2/publish/1782_374/Divisi_n_de_la_Ciudad_de_M_xico_en_cuarteles_Regla_1152.shtml, [consultado: 19/11/2014].[/note][note]Viqueira Alba, Juan Pedro, ¿Relajados o reprimidos? Diversiones públicas y vida social en la ciudad de México durante el Siglo de las Luces, México, FCE, 2005.
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Norma Angélica Montes García.